La AFIP fijó las fechas de vencimiento para la presentación de las declaraciones juradas de los impuestos a las Ganancias y a los Bienes Personales correspondientes al período fiscal 2022.
El ente recaudador dispuso que el 12, 13 y 14 de junio son las fechas límite para la presentación de las declaraciones juradas de ambos tributos para personas humanas y sucesiones indivisas, mientras que para el pago hay tiempo hasta el 13, 14 y 15 del mismo mes, según la terminación del CUIT de los contribuyentes.
Las fechas límites son las siguientes:
— Terminación CUIT 0, 1, 2 y 3: lunes 12 de junio, inclusive.
— Terminación CUIT 4, 5 y 6: martes 13 de junio, inclusive.
— Terminación CUIT 7, 8 y 9: miércoles 14 de junio, inclusive
Por su parte, la presentación de la declaración jurada del impuesto cedular -un gravamen a la renta financiera- deberá efectivizarse según el siguiente esquema:
— Terminación CUIT 0, 1, 2 y 3: miércoles 21 de junio, inclusive.
— Terminación CUIT 4, 5 y 6: jueves 22 de junio, inclusive.
— Terminación CUIT 7, 8 y 9: viernes 23 de junio, inclusive.
Luego, este impuesto deberá abonarse el día hábil siguiente según el CUIT, con fechas 22, 23 y 24 de junio.
La AFIP recordó que las declaraciones juradas de Ganancias y del impuesto Cedular se realizan a través del servicio con clave fiscal «Ganancias Personas Humanas–Portal integrado».
En el caso de Bienes Personales, la presentación se realiza mediante el servicio web con clave fiscal «Bienes Personales Web».
La presentación de las declaraciones juradas informativas del Ganancias y Bienes Personales vence el 30 de junio. Están obligados a pagar y presentar Bienes Personales aquellos que posean bienes gravados que superen al 31 de diciembre de 2022 los $11.282.141,08 millones.