Asignaciones familiares: ¿Cómo quedaron los nuevos montos de junio?

El Gobierno oficializó este martes un aumento del 41,48% para los beneficiarios de las asignaciones familiares. La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) oficializó este martes el incremento del 41,48% en los límites y rangos de ingresos del grupo familiar y de los montos de las asignaciones familiares, mediante la Resolución 189/2024 publicada en el […]

El Gobierno oficializó este martes un aumento del 41,48% para los beneficiarios de las asignaciones familiares.

La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) oficializó este martes el incremento del 41,48% en los límites y rangos de ingresos del grupo familiar y de los montos de las asignaciones familiares, mediante la Resolución 189/2024 publicada en el Boletín Oficial.

De esta manera, la Asignación Universal por Hijo (AUH) será de $74.354 en junio, mientras que el cobro por cada menor que esté a cargo de trabajadores del sector formal será de $37.177, de $19.287, de $11.664 o de $6014, según el ingreso que se perciba en cada hogar.

En caso de que el ingreso familiar no supere los $575.695, se cobrará por hijo $37.177, mientras que si el ingreso familiar es superior a $575.695 y de hasta $844.319, se cobrará por hijo $25.074. En tanto que si el ingreso familiar es superior a $844.319 y de hasta $974.796, se percibirá por hijo $15.163. Cuando el monto percibido en el hogar es mayor a $974.796 y de hasta $3.048.620, se cobrará por hijo $7.819.

En el artículo 4 de la normativa se aclaró que “la percepción de un ingreso superior a $1.524.310 por parte de una de las personas integrantes del grupo familiar, excluye a dicho grupo del cobro de las asignaciones familiares, aun cuando la suma de sus ingresos no supere el límite máximo de ingresos establecido”.

Asimismo, se determinó que cuando, por aplicación del incremento dispuesto, “el monto de las asignaciones familiares y/o el valor de los límites y rangos de ingresos del grupo familiar resulten con decimales, se aplicará redondeo al valor entero siguiente”.

La actualización de los montos se ampara en el tercer párrafo del artículo 1° de la Ley N° 27.160, que “dispone que la movilidad se aplicará al monto de las asignaciones familiares y a la actualización de los límites y rangos de ingresos del grupo familiar que determinan el cobro, en los casos en que corresponde su utilización”.

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