El juez resolvió a favor de los demandantes en el marco de una acción de amparo ambiental. Entre las medidas más relevantes, ordenó que la municipalidad inicie y finalice, en un plazo prudencial, las obras necesarias para la instalación de un equipo en la planta de tratamiento de líquidos cloacales que reciba camiones atmosféricos, cisternas y baños químicos. Además, se dispuso que el municipio debe informar bimestralmente sobre el avance de las obras, bajo la amenaza de sanciones en caso de incumplimiento.

Una de las disposiciones más contundentes del fallo es que, una vez finalizadas las obras, la municipalidad deberá cesar inmediatamente los vertidos de líquidos cloacales domiciliarios e industriales en los piletones. Esto incluye los efluentes provenientes del hospital local Dr. Oscar Arraiz, así como de motorhomes, baños químicos y los utilizados en eventos, los cuales hasta ahora eran vertidos sin tratamiento adecuado en esta zona.

El fallo también requiere que, tras el cese de los vertidos, el municipio implemente un plan de saneamiento ambiental y remediación de la zona afectada. Este plan incluirá un monitoreo ambiental sistemático de los piletones, basándose en recomendaciones previas de peritajes técnicos, como la realización de un estudio hidrogeológico. Los avances de esta remediación deberán ser informados bimestralmente al juzgado, garantizando que el proceso de recuperación ambiental se cumpla.

La omisión de la Municipalidad y el daño ambiental

El juez reconoció que la Municipalidad de Villa la Angostura incurrió en una grave omisión al no actuar conforme a la normativa ambiental establecida en la Carta Orgánica Municipal. Esta negligencia afectó el derecho constitucional de los habitantes a un ambiente sano, dado el daño ambiental evidente en la zona de los piletones, donde se hallaron líquidos cloacales crudos y sin tratamiento. Este vertido incontrolado favorece la filtración de estos líquidos al subsuelo y genera posibles derrames superficiales, lo que agrava el impacto sobre el ecosistema local.

El fallo subraya la responsabilidad del municipio en la gestión de los residuos cloacales y su impacto en el entorno. El juez ordenó que, además de las obras de instalación de los equipos de recepción, la municipalidad deberá implementar un sistema de monitoreo constante, el cual incluye la realización de un estudio hidrogeológico para evaluar los efectos a largo plazo de los vertidos y la calidad de los suelos en la zona.

El tribunal también resaltó la importancia de que los informes sobre el avance de las obras sean entregados de manera bimestral, a fin de asegurar el cumplimiento estricto de las medidas. El incumplimiento de estas medidas podría acarrear nuevas sanciones y, en última instancia, agravar aún más la crisis ambiental que enfrenta la comunidad.

Por otro lado, el Juez Bonorino rechazó la acción presentada contra el Ente Provincial de Agua y Saneamiento (EPAS). En su fallo, el magistrado indicó que no se encontraron pruebas que vincularan al EPAS con la contaminación en la zona del Bypass en el arroyo Las Piedritas, lo que llevó a desestimar esta parte de la denuncia.

Es importante señalar que los vecinos demandantes no incluyeron al EPAS en su denuncia inicial, y que el ente provincial no tiene responsabilidad en la gestión directa de los vertidos, según el fallo judicial.

La lucha ambiental de los vecinos

Los demandantes, Gerardo Minnaard y Alberto Cervantes, han sido fundamentales en la denuncia de esta problemática ambiental. Minnaard en diálogo con Radio 7 explicó que “el problema se originó cuando la municipalidad permitió que camiones atmosféricos depositaran líquidos cloacales sin ningún tipo de tratamiento en pozos poco profundos y sin cobertura adecuada”. Esta práctica generó que, en un clima lluvioso, el líquido se desparramara por todo el pueblo, afectando gravemente la salud pública y el medio ambiente.

Además, destacó que los problemas relacionados con la falta de infraestructura adecuada para el tratamiento de los residuos vienen de largo tiempo, señalando que la planta de tratamiento de líquidos cloacales fue construida con materiales de baja calidad y que no cumplió con su función, provocando derramamientos y contaminación.

Con este fallo, los vecinos esperan que el municipio comience a tomar las medidas necesarias para garantizar un ambiente saludable. Sin embargo, la falta de transparencia y la resistencia institucional a reconocer el impacto ambiental de las malas prácticas preocupan a los demandantes. Para Minnaard, la acción judicial es solo el primer paso en una lucha que se extenderá hasta que las autoridades realmente se comprometan con el saneamiento y la remediación efectiva.

La expectativa es que el municipio no solo cumpla con las obras de infraestructura, sino que también adopte políticas claras y un plan de acción a largo plazo para evitar futuros incidentes y proteger el ecosistema local.

Uno de los puntos más críticos que Minnaard señaló es el costo de la remediación, que podría superar los 1600 millones de pesos. Para él, esto subraya la falta de compromiso de los funcionarios municipales, que, según su opinión, se han enfocado en favoritismos políticos y corrupción en lugar de invertir en soluciones ambientales. Con estos recursos, se espera que se puedan realizar las obras necesarias para mejorar el sistema de tratamiento de efluentes y evitar más vertidos contaminantes.

El impacto de esta problemática es visible en las calles de Villa la Angostura, donde los vecinos han manifestado su preocupación por la calidad del agua y los efectos sobre la salud pública. A medida que la comunidad toma conciencia de la gravedad del problema, aumenta la presión para que las autoridades locales y provinciales asuman su responsabilidad en la protección del medio ambiente y el bienestar de la población.