La Cámara Federal de Casación dejó al borde del juicio oral y público a un docente cordobés que en plena pandemia, en una clase virtual, sostuvo que no existen los “judíos pobres”.
El máximo tribunal penal desestimó una apelación de la defensa del docente Esteban Andrés Lizondo contra su procesamiento como “presunto autor responsable del hecho calificado como infracción al artículo 3, segundo párrafo de la Ley 23.592”.
Esa norma establece que “serán reprimidos con prisión de un mes a tres años los que (…) por cualquier medio alentaren o incitaren a la persecución o el odio contra una persona o grupos de personas a causa de su raza, religión, nacionalidad o ideas políticas”.
“Le regalo mi aguinaldo al que encuentre un judío pobre. (…) ¿Qué es lo que tienen los judíos para ofrecer? Ni más ni menos que plata”, dijo Lizondo durante una clase.
Una alumna estaba grabando la clase como parte de su estudio y registró aquella expresión, por la que la DAIA –una de las entidades que representa a la comunidad judía en la Argentina- formuló la denuncia penal.
Lizondo había sido sobreseído en primera instancia, pero la Cámara Federal de Córdoba revocó aquella decisión y el docente fue procesado sin prisión preventiva.
Lizondo pronunció aquella expresión durante una clase virtual de la carrera universitaria de Relaciones y Comercio Internacional de la Universidad Siglo 21.
Los jueces Daniel Petrone, Diego Barroetaveña y Carlos Mahiques sostuvieron que la apelación de la defensa oficial de Lizondo “no logra refutar de forma adecuada la ausencia del presupuesto objetivo de admisibilidad”.
Además, destacaron que el procesamiento “no reviste la calidad de sentencia definitiva ni se equipara a ella por sus efectos”, por lo que dejaron libre la vía para la realización del juicio oral. (NA)