Docente «zamarreó» a una alumna, la despidieron con causa pero ahora deberán pagarle indemnización

Si bien la Justicia reconoció la existencia del hecho, destacó que no se cumplió el sumario administrativo previo para desvincular a la maestra de esa manera.

Una escuela privada despidió a una docente por «zamarrear» del brazo a una nena y la Justicia determinó que deberá pagarle la indemnización.

La institución educativa porteña había echado con causa a la maestra, quien recurrió a la Justicia.

La causa llegó a la Cámara Nacional del Trabajo y el tribunal confirmó que el empleador deberá abonar la indemnización correspondiente.

Al referirse al «zamarreo, el fallo de primera instancia había señalado: «Es sumamente reprochable, pero siempre debe tenerse en miras que el despido es la ‘ultima ratio’ a la que debe acudir el empleador».

Además, la Justicia consideró que la docente no tenía sanciones previas y entonces hubiera «merecido una sanción, cuya intensidad podría discutirse, pero en ausencia de sanciones anteriores y de más hechos reprochables a lo largo de todo su desempeño profesional, el despido aparece como una sanción excesiva».

El fallo recordó remarcó que «el personal sólo podrá ser removido, sin derecho a pre aviso, ni indemnización, por causas de inconducta, mal desempeño de sus deberes o incapacidad física o mental, previa substanciación del correspondiente sumario por autoridad oficial competente en el que se garantizará la inviolabilidad de la defensa.

Durante el trámite de la causa judicial, según Infobae, la escuela hizo alusión a episodios anteriores con otros alumnos, pero éstos no fueron incluídos como causales en la misiva de despido, por lo que no se analizaron en tribunales.

Por otra parte, el fallo rechazó una indemnización extra por daño moral al tener en cuenta que, «si bien la decisión adoptada por la patronal fue excesiva, fue fundada en hechos corroborados cabalmente».

De esa forma, reconoció la existencia del maltrato a la nena, en base a relatos de empleados del colegio y padres de alumnos.

La maestra siempre negó la acusación en la demanda laboral y su defensa sostuvo que en los dichos de los testigos se pasó de describir gritos a la alumna a un zamarreo y luego que la tomó del brazo con fuerza.

Aunque la Cámara adhirió a la decisión de otorgar la indemnización, también se diferenció de una parte del fallo de primera instancia: «El maltrato a una niña menor de edad, a su cargo, constituye una inconducta de la docente de gravedad suficiente como para impedir la continuidad de la relación laboral. Es evidente, por tanto, que discrepo con la valoración efectuada en primera instancia al respecto.

Y, tras determinar que «los testimonios lucen concordantes entre sí, objetivos, debidamente circunstanciados», el tribunal manifestó que «amén de la gravedad de la injuria», ante la falta de cumplimiento del sumario administrativo previo, no se puede «sino proponer mantener el pronunciamiento de grado en tanto declaró improcedente el despido directo con invocación de causa».

«No cabe otra solución que confirmar la sentencia apelada en tanto declaró improcedente el despido directo», decretó el Tribunal de Apelaciones.

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