
La decisión judicial afecta directamente los bienes de la cooperativa, que había ofrecido 800 lotes en la meseta neuquina sin cumplir con las entregas pactadas. La magistrada dispuso la traba del embargo tanto sobre el dinero que la demandada pudiera tener en cuentas bancarias como sobre el inmueble inscripto bajo la matrícula 28388 en el Registro de la Propiedad del Inmueble de Neuquén.
La medida cautelar fue solicitada por un grupo de demandantes que reclama el incumplimiento de los compromisos asumidos por la Cooperativa 127 Hectáreas. Según consta en el expediente, los compradores aseguran haber pagado por lotes urbanizados que nunca se entregaron, y denuncian la existencia de maniobras fraudulentas en el marco del plan conocido como “Sirena Unificada”.
En total, se estima que hay alrededor de 1.400 personas damnificadas entre los compradores de terrenos y quienes adhirieron a un plan para adquirir viviendas. La jueza consideró que se reunían los requisitos para otorgar la medida cautelar, fundamentando su decisión en la verosimilitud del derecho alegado y el peligro en la demora, principios claves en este tipo de procesos.
La resolución judicial establece que las entidades bancarias deberán comunicar de inmediato la traba del embargo, indicando el número de cuenta y el monto alcanzado por la medida. Sin embargo, no podrán efectuar la transferencia de los fondos hasta que haya una orden expresa en ese sentido por parte del Juzgado.
Además del embargo sobre las cuentas, también se dispuso la anotación de la medida sobre el inmueble rural propiedad de la cooperativa. Esto tiene como finalidad garantizar la eventual ejecución de los bienes para responder a los intereses, gastos y costas del juicio, en caso de que el fallo final sea adverso a la demandada.
La causa principal tramita bajo el proceso sumario, y la Cooperativa 127 Hectáreas tiene un plazo de diez días hábiles para contestar la demanda. En caso de incumplir, podría recaer sobre la entidad el apercibimiento previsto por los artículos 41, 59 y 356 del Código Procesal de Neuquén y la Ley 2801, lo que agravaría su situación procesal.
El expediente continuará su curso en el Juzgado Civil N°4, mientras los demandantes esperan recuperar los aportes realizados o recibir las tierras prometidas. La jueza Grimau también ordenó que todas las notificaciones se realicen vía electrónica a través del sistema SISCOM, buscando agilizar el procedimiento y garantizar la transparencia del proceso.