La gestión de residuos peligrosos, según la Ley 24.051, exige controles estrictos y responsabilidades compartidas entre los generadores y los tratadores de residuos. Mucho se dice sobre los basureros petroleros una vez mas, pero no se nombra lo mas básico que es: ¿De quien es el residuo que se quemó?. Con esto las plantas de tratamiento siguen siendo el chaleco antibalas de los generadores de los residuos, precipitándose cada vez mas el mote de Basureros Petroleros.

 El comunicado de Indarsa: más dudas que certezas

Tras el incendio, Indarsa emitió un escueto comunicado en el que informó que “el evento fue controlado sin que se registraran heridos ni afectaciones directas al ambiente”. El texto también afirmó que se está investigando el origen del incidente y que la planta continuará colaborando con las autoridades. Sin embargo, el comunicado no respondió preguntas cruciales como:

  • ¿Qué fallas de seguridad pudieron haber contribuido al incendio?
  • ¿Cumplía la planta con las normativas vigentes, como redes contra incendios y correcto almacenamiento de materiales peligrosos?
  • ¿Qué medidas preventivas se están tomando para evitar que un incidente similar vuelva a ocurrir?
  • ¿La pileta donde se almacenaban los residuos inflamables ¿No  debería estar tapada ?
  • ¿La densa y extensa columna de humo, no es una afectación al ambiente y a la salud?
  • Y como decíamos anteriormente, en el marco de la responsabilidad del generador “de la cuna a la tumba” ¿De quien es el residuo que se quemó?

Este tipo de respuestas es lo que la comunidad y las operadoras petroleras contratantes deberían exigir, no solo para aclarar responsabilidades, sino para garantizar la seguridad futura.

 ¿De quién es la responsabilidad según la ley?

La Ley de Residuos Peligrosos de la Nación, N° 24.051, es clara en un punto clave: el generador del residuo no puede delegar su responsabilidad, incluso si entrega los materiales a una planta para su tratamiento. Esto significa que las grandes operadoras petroleras, quienes generar estos residuos como recortes y lodos de perforación y agua con hidrocarburos y flowback, como YPF, Pan American, Total, Chevron, Vista, etc., al contratar los servicios de Indarsa, siguen siendo responsables civil y penalmente por cualquier daño ambiental o de salud pública que pueda derivar de la gestión inadecuada de los residuos.

El foco, entonces, debe estar en los controles que realizan las operadoras sobre sus contratistas. Las preguntas que surgen son:

  • ¿Auditaron las condiciones de la planta antes de contratar sus servicios?
  • ¿Verificaron que la planta contara con redes contra incendios adecuadas, como lo exige la ley 13.660?
  • ¿Se aseguraron de que los tanques con hidrocarburos estuvieran correctamente sellados, como lo establece el decreto 1483/12?

Un problema estructural: las distancias de seguridad

El incendio también reavivó el debate sobre la ubicación de estas plantas y la normativa que exige que estén a ocho kilómetros de las zonas pobladas. Sin embargo, este decreto tiene limitaciones importantes:

  1. Principio de Irretroactividad: Las plantas instaladas antes de la promulgación del decreto, como Indarsa (2012), no están obligadas a cumplir con esta distancia.
  2. Falta de justificación técnica: La norma no considera ningún tipo de argumentación técnica para determinar la distancia de 8km lo cual lo hace parece totalmente arbitrario, es decir ¿Por qué 8km y no 4km, o 1km?. Habría que preguntárselo al vecino que lo sufre.

Pero más allá de estas cuestiones, centrarse únicamente en la distancia no aborda el problema de fondo: la ausencia de controles efectivos y medidas de seguridad en las plantas de tratamiento de residuos peligrosos.

 Impacto potencial: más allá del incendio

Un incidente como este no solo pone en riesgo el ambiente, y la infraestructura cercana como ductos y principalmente la subestación del EPEN que se encuentra en la planta, sino también la salud de los trabajadores y de las comunidades cercanas, sin descontar el volumen de gases de efecto invernadero liberados de forma violenta. Imaginemos un escenario donde un mal manejo de residuos genera enfermedades graves o contaminaciones masivas. Según la ley, las responsabilidades serían compartidas entre la planta y las operadoras generadoras de los residuos.

Esto demuestra que no se trata solo de evitar desastres visibles como incendios, sino de prevenir cualquier tipo de daño ambiental o de salud pública mediante un sistema de gestión que funcione de manera eficaz y transparente.

Reflexión final: un sistema que necesita reformas

El incendio en Indarsa es un síntoma de un problema más profundo en la gestión de residuos peligrosos. Más allá de los comunicados y las declaraciones públicas, es fundamental que las autoridades, las operadoras petroleras y las plantas de tratamiento adopten medidas concretas para evitar que estas situaciones se repitan:

  1. Auditorías periódicas y exigentes por parte de las operadoras petroleras.
  2. Fortalecimiento del marco regulatorio para incluir estándares técnicos claros y sanciones ejemplares.
  3. Transparencia en la información para la comunidad sobre los riesgos y medidas preventivas.
  4. Formación y capacitación constante en manejo seguro de residuos.

La responsabilidad, como señala la Ley 24.051, no se delega.  Si las operadoras petroleras y las plantas de tratamiento no asumen plenamente su rol, seguirán ocurriendo incidentes que afectan tanto al medio ambiente como a la sociedad.

El incendio en la planta de Indarsa también pone bajo la lupa a las autoridades de aplicación de la Ley de Ambiente de Neuquén, N° 1875, cuya labor debería centrarse en garantizar el cumplimiento de las normativas ambientales y la seguridad en la gestión de residuos peligrosos.