El fiscal del caso de Delitos Económicos, Juan Narvaez, y el fiscal jefe Pablo Vignaroli solicitaron que 8 de las personas acusadas por integrar una asociación ilícita destinada a cometer estafas mediante el cobro indebido de planes sociales de desempleo sean declaradas responsables.
Con el objetivo de resolver antes del juicio quienes tuvieron menor participación y responsabilidad en la causa, se realizaron una serie de acuerdos ante la jueza de garantías. La resolución de conocerá el miércoles 25, cuando la jueza se expida en la audiencia pública.
La teoría del caso de la fiscalía es que a un grupo de ex funcionarios, empleadas y empleados del Poder Ejecutivo, se les imputa haber integrado una asociación ilícita dedicada a cometer estafas con la administración y el cobro de planes sociales con cheques y tarjetas de débito.
Los acusados presentan diferentes niveles de responsabilidad, se teoriza como jefe a Ricardo Soiza, quien ocupaba la Dirección gral. de Gestión de Planes Sociales del Ministerio de Desarrollo Social y Trabajo; a Néstor Pablo Sanz, Director de Fiscalización del Ministerio de Desarrollo Social y Marcos Osuna, responsable de Gestión de programas del mismo organismo.
Además de los jefes iniciales, la fiscalía sumó a dos funcionarios de alto rango en el rol de jefes de la organización: el ex ministro de Desarrollo Social, Abel Di Luca y el ex coordinador de Administración de ese ministerio, Tomás Siengentharler.
La investigación se centró en el período que va desde el 30 de septiembre de 2020 al 31 de julio de 2022. Se delimitaron roles y niveles de responsabilidad, con los jefes en el primer nivel. En los niveles 2, 3, 4 y 5 se ubicaron a los colaboradores directos de los jefes, los reclutadores de potenciales beneficiarios del plan, cobradores (a través de tarjetas y cheques) y a quienes obtuvieron beneficios.
Mensualmente se armaban listados de beneficiarios de un plan para desempleados que fue creado en el 2018 y por montos individuales de $49.500, que luego no eran cobrados por esos beneficiarios, sino a través de la estructura de la asociación ilícita, llegaban al primer nivel de la pirámide.
Según se indicó en la audiencia, el monto histórico de las estafas por ese período de tiempo alcanzó los $153.777.900, lo que en la actualidad representaría un total de $935.185.943.
Todos los planteos del Ministerio Público Fiscal tuvieron la adhesión del representante de la fiscalía de Estado y querellante, Gustavo Kohon.
Criterio de oportunidad
Con el fin de permitir que el juicio se realice sobre quienes tuvieron la mayor responsabilidad en las maniobras desplegadas y en la conducción de la asociación ilícita, Narvaez solicitó el sobreseimiento de otras seis personas acusadas que tuvieron participaciones menores pero que aportaron información necesaria para la investigación.
Fue mediante la aplicación del criterio de oportunidad que tuvo el aval de la jueza Carina Álvarez, una solución que prevé el Código Procesal Penal de Neuquén y que permitirá que sean testigos en el juicio.
A todas las personas acusadas en la causa se les imputa el delito de asociación ilícita en concurso real con fraude a la administración pública y defraudación especial por uso de tarjeta de crédito sin autorización del titular, 9.303 hechos en concurso real, en calidad de coautores (artículos 210; 173, incisos 5 y 15; 45 y 55 del Código Penal).
La diferencia en las imputaciones se relaciones con la función en la asociación y la escala en la participación: con cinco niveles en una estructura piramidal, las personas sobreseídas ocuparon los lugares más bajos y cumplieron órdenes de los jefes, quienes organizaron y coordinaron las estafas desde la cúspide de esa pirámide.
Los acuerdos de condena comprenden a A.A.M.L; R.A.L; V.N.H; P.A.C; R.G.T; P.A.R; G.R.M; y C.H, quienes en la asociación ilícita tenían como tarea extraer dinero de los cajeros automáticos o cobrar cheques, para luego entregarlo a los imputados Néstor Pablo Sanz o Marcos Ariel Osuna, quienes lo rendían a Ricardo Soiza.
Sólo uno de estos imputados desplegó otro tipo de conducta, al haber cobrado el alquiler de autos por fuera de lo que indica la ley de administración financiera y mediante cheques que se nutrían del dinero destinado al subsidio por desempleo.
En todos los casos, las condenas acordadas son por 3 años de prisión condicional, además del cumplimiento de reglas de conducta y la realización de entre 8 y 12 horas de trabajos comunitarios mensuales, durante el mismo período.
Prisión domiciliaria
Luego de los sobreseimientos y de la presentación de los acuerdos, el defensor del imputado Ricardo Soiza, que también es imputado en la causa, solicitó que la prisión preventiva que cumple el exfuncionario se transforme en una detención domiciliaria. La jueza informó que dará su resolución dentro de las 24 horas.