La causa se inició el 15 de octubre de 2020 con un pedido de nulidad a través de un amparo interpuesto por Emilio Friedrich, propietario de tierras en Bariloche, contra la norma emitida por el INAI
El Juzgado Contencioso Administrativo Federal 1 dictó una sentencia, el 18 de junio de 2021, donde rechazó el planteo de Friedrich al dar por válido el procedimiento técnico-jurídico catastral de tierras de la comunidad Lof Che Buenuleo, iniciado en el año 2010, para lo cual reconoció “la ocupación actual, tradicional y pública” del Pueblo Mapuche sobre los terrenos en discusión.
Frente a esa circunstancia, el actor decidió apelar y el trámite judicial recayó en la Sala IV de la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal.
En contra de esa decisión, el INAI, órgano que responde a la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación y que se encarga de “promover y proteger los derechos de los pueblos indígenas de Argentina”, presentó un recurso extraordinario que fue denegado por la Cámara. Tras lo cual interpuso un recurso de queja para llegar a la Corte Suprema.
Este jueves el máximo tribunal trató el caso y resolvió, desestimarlo por haber presentado el recurso fuerza del plazo legal. En ese sentido declaró que “se desestima la presentación directa” por cuanto “la queja ha sido interpuesta extemporáneamente”. (NA)