La justicia nacional del Trabajo ordenó hoy reincorporar a tres pilotos de Aerolíneas Argentinas que habían sido despedidos por la empresa el mes pasado en el marco de un reclamo sindical contra la compañía. La medida fue adoptada por la jueza Stella Maris Vulcano en una causa que inició en tribunales la Asociación de Pilotos de Líneas Aéreas (APLA), que conduce el sindicalista Pablo Biró.
Los pilotos habían sido despedidos por haberse negado a operar un avión que se debía devolver, en rechazo al “vaciamiento de la empresa”. La decisión que había tomado la empresa se daba en el marco de un conflicto que mantienen APLA y la Asociación Argentina de Aeronavegantes (AAA) por reclamo de aumentos salariales.
La magistrada consideró arbitrario el despedido por su derecho a la libertad sindical y de protesta y porque su sueldo tiene carácter alimentario. “Nuestros compañeros deben ser inmediatamente reincorporados a sus puestos laborales. De esta manera vamos a continuar con los reclamos que venimos sosteniendo respecto a la recomposición salarial y profundizando las medidas en tanto no haya propuestas concretas”, sostuvo APLA a través de un comunicado tras conocerse la resolución judicial.
“La resolución de la jueza Stella Maris Vulcano establece que dicha reincorporación debe llevarse a cabo en la misma función que desempeñaban antes del despido. De este modo, prevalece el carácter alimentario de los salarios de los trabajadores despedidos y el derecho a la libertad sindical, tutelado por las leyes 23.551 y 23.592, así como por los convenios de la OIT 87 y 98. Continuaremos con nuestras demandas de recomposición salarial e intensificaremos las acciones hasta que se presenten propuestas concretas”, agregó la entidad.
Los despidos se habían dado en el marco de un paro que los pilotos realizaron a mediados de septiembre, durante el cual cuestionaron el plan del gobierno de Milei de avanzar con la privatización, que luego de la huelga impulsó un proyecto de ley para avanzar con la transferencia de la compañía y emitió un decreto que estableció que la empresa estaba sujeta a privatización.
Esta no es la única disputa entre APLA y el gobierno nacional. También se judicializó el decreto del Poder Ejecutivo en los que estableció como servicio esencial al sistema de aeronavegación. El juez del Trabajo Ricardo Hierrezuelo aceptó un planteo de APLA y dictó una medida cautelar en la que suspendió por tres meses los decretos 825 y 831.
“La aplicación de las normas aquí cuestionadas por la asociación demandante, las cuales, vale decir, han sido dictadas en el desarrollo de un conflicto colectivo salarial entre aquélla y Aerolíneas Argentinas, podrían conculcar, en definitiva, el ejercicio del derecho de huelga de los trabajadores representados por la entidad sindical actora, que goza de la más amplia garantía constitucional y supra legal”, sostuvo el juez en su resolución. Y agregó que “el mantenimiento de las normas reglamentarias podría cercenar e impedir el ejercicio del derecho constitucional de huelga”.
El magistrado aclaró que la medida solo alcanza a los afiliados a APLA y “no incluye a los restantes sindicatos y trabajadores alcanzados por las disposiciones de los decretos mencionados”. También sostuvo que la causa “no versa ni sobre el conflicto salarial que mantienen los trabajadores aeronáuticos, ni sobre los cuestionamientos que desde distintos sectores se han efectuado respecto a determinados beneficios reconocidos por normas convencionales y estatutarias”.
La resolución fue apelada por el gobierno nacional para que sea revisada por la Cámara del Trabajo. El fiscal ante ese tribunal dictaminó por confirmar la medida cautelar que suspendió las normas hasta tanto se resuelva el fondo del reclamo.