Desde la Anses informaron que están trabajando en la reglamentación y ya pueden anticipar que aquellas personas que tengan la edad jubilatoria, 60 las mujeres y 65 los hombres, y que necesiten del beneficio de la moratoria para alcanzar los 30 años de aportes necesarios para jubilarse, podrán inscribirse aún si están cobrando una pensión por fallecimiento de su cónyuge o conviviente fallecido, siempre y cuando esa pensión equivalga a 1 haber mínimo (hoy de $58.665 brutos) y también si aprueba el informe socioambiental sobre el que aún la Anses está trabajando para definir los parámetros que se aplicarán.
Es decir que si una persona es pensionada con la mínima, podrá jubilarse con moratoria si pasa el informe socioambiental.
Además, el texto de la ley dice que el plan de moratoria es compatible con el empleo registrado, es decir que una persona puede jubilarse con moratoria y continuar trabajando en blanco. En ese caso los aportes que se le hagan, irán al fondo de desempleo y no se podrá reclamar por dichos aportes en el futuro.